top of page

Artículo 8.

               

             Información Fundamental – General​
             Es información fundamental, obligatoria para todos los sujetos obligados la siguiente:

TRANSPARENCIA


La información fundamental se debe publicar y actualizar permanentemente y estar a disposición de cualquier persona, sin necesidad de que alguna persona la solicite, de conformidad con con el artículo 8 y 15 de la Ley de Información Pública del estado de Jalisco y sus Municipios.

 

La información de libre acceso, es toda la información pública que se encuentra en poder del Ayuntamiento de Lagos de Moreno, excepto aquella que sea clasificada como reservada o confidencial.

 

NOTA: Debido a la entrada en vigor el pasado 23 de julio del 2013 de la nueva ley de transparencia y acceso a la información pública del estado de Jalisco y sus municipios se actualiza a los artículos 8 y 15 la información fundamental para su publicación 

II. La información sobre el marco jurídico aplicable al y por el sujeto obligado, que comprende:

III.  La información sobre la planeación del desarrollo, aplicable al y por el sujeto obligado, que comprende:

I. La necesaria para el ejercicio del derecho a la información pública, que comprende:

IV. La información sobre la planeación estratégica gubernamental aplicable al y por el sujeto obligado,que comprende:

V.  La información financiera, patrimonial y administrativa, que comprende: 

VI.  La información sobre la gestión pública, que comprende: 

VII. 

Información Fundamental

​Artículo 8.

Información Fundamental

​Artículo 15.

¿Tienes algún comentario, duda o sugerencia sobre este sitio?   ponte en contacto  al correo:  transparencia@lagosdemoreno.gob.mx

IMPULSANDO LA CULTURA DE LA TRANSPARENCIA

VIII. 

m) Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones
que han llevado a cabo para su atención;
n) Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible;

IX.

Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos

X.

públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos;
Los estudios financiados con recursos públicos

XI.

XII.

Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino
indicando el destino de cada uno de ellos

XIII.

El catálogo de disposición y guía de archivo documental; y

XIV.

2. La publicación de información fundamental debe realizarse con independencia de su publicación oficial y debe reunir los requisitos de claridad, calidad, certeza, veracidad
oportunidad y confiabilidad.
* Acuerdo general que considera vigente a la normatividad secundaria existente en lo que no se oponga a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
del Estado de Jalisco y sus Municipios, hasta en tanto no se expide la nueva.
bottom of page